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Economía

Autorizan a refinerías la importación de petróleo en Bolivia

Por Norma Aguilar — 8 Sep 2026

Autorizan a refinerías la importación de petróleo en Bolivia
Autorizan a refinerías la importación de petróleo en Bolivia

El Gobierno boliviano ha decidido de manera excepcional permitir que las refinerías que operan en el país importen petróleo crudo, buscando aumentar la disponibilidad de combustibles en medio de una crisis de abastecimiento que persiste.

El Decreto Supremo N.º 5701 fue promulgado el 7 de septiembre de 2026 por el presidente Rodrigo Paz Pereira y su gabinete, en el contexto de una emergencia energética y social en Bolivia.

Restricciones en la importación de petróleo

Una de las principales condiciones del decreto es que solo las refinerías tienen la autorización para importar petróleo, el cual será procesado en el país. Después de la refinación, estos productos podrán ser vendidos directamente.

Los volúmenes a importar serán determinados por el Comité de Producción y Demanda (PRODE) y el crudo deberá cumplir con los estándares técnicos de calidad que establece el Ministerio de Hidrocarburos y Energías.

Los combustibles resultantes de la importación podrán ser comercializados según los precios que dicte el mercado, permitiendo a las refinerías vender a distribuidores mayoristas, estaciones de servicio y clientes directos.

Además, el decreto permite la exportación de cualquier excedente de combustibles, aunque esto requerirá una autorización previa.

En cuanto al Impuesto Específico a los Hidrocarburos y Derivados (IEHD), el DS 5701 estipula una alícuota de 0,00 bolivianos por litro para la comercialización de productos derivados del petróleo importado, válida hasta el 31 de diciembre de 2030.

El decreto también permite a YPFB y a las refinerías adquirir crudo reconstituido y gasolinas blancas de producción nacional a precios acordados entre las partes, buscando así diversificar las fuentes de abastecimiento y reducir costos en medio de la escasez de dólares y la disminución de la producción nacional.

Finalmente, el DS 5701 abroga el Decreto Supremo N.º 5548, que había sido emitido en febrero de 2026.