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Sociedad

Vigencia indefinida para certificados de idiomas tras nuevo decreto

Por Norma Aguilar — 3 Sep 2026

Vigencia indefinida para certificados de idiomas tras nuevo decreto
Vigencia indefinida para certificados de idiomas tras nuevo decreto

El Gobierno, a través del Decreto Supremo N° 5688, ha derogado el anterior Decreto Supremo N° 4566 de 2021, introduciendo cambios significativos en la certificación de idiomas oficiales en el país. La nueva normativa establece que los certificados otorgados por entidades autorizadas tendrán vigencia indefinida, eliminando así la necesidad de renovaciones periódicas.

La disposición fue oficializada en la Gaceta el 31 de agosto de 2026, aboliendo el régimen del Certificado Único de Idiomas Oficiales del Estado Plurinacional, que era el sistema anterior para la certificación de idiomas.

Con el nuevo decreto, todos los certificados previamente emitidos por instituciones autorizadas mantendrán su validez, garantizando que los diplomas existentes no se vean afectados por este cambio.

Nuevas instituciones podrán certificar idiomas

La norma permite que distintas instituciones, ya sean públicas, privadas o de educación alternativa, puedan certificar competencias lingüísticas en idiomas oficiales. Para ello, deberán contar con planes de estudio aprobados por el Instituto Plurinacional de Estudio de Lenguas y Culturas (IPELC) y autorización del Ministerio de Educación.

Además, las universidades públicas tendrán la opción de ajustar sus programas a los contenidos definidos por el IPELC de manera autónoma.

Acreditación de lengua materna

El decreto también introduce un procedimiento para certificar que un idioma oficial distinto al castellano es la lengua materna de una persona. El IPELC deberá desarrollar un método gratuito y eficiente para esta certificación, que podrá ser emitido por instituciones de educación superior autorizadas.

El IPELC tiene un plazo de 15 días hábiles, contados a partir de la publicación del decreto, para establecer la reglamentación correspondiente.

Con la implementación del DS 5688, se abroga formalmente el Decreto Supremo N° 4566 del 11 de agosto de 2021, que había centralizado la emisión de certificados en algunas instituciones estatales y requería renovaciones constantes, un esquema que ahora queda descontinuado.

Las instituciones educativas que ya habían comenzado sus programas de enseñanza podrán seguir ofreciendo formación y certificación sin requerir nuevas autorizaciones, asegurando la continuidad de los procesos de educación en idiomas oficiales.